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Anulación póliza
Tal y como establece el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro, el plazo para cancelar un seguro es un mes previo al vencimiento o renovación de la póliza. Para saber la fecha exacta se debe revisar el contrato del seguro vigente. Aunque se haya escogido la opción de fraccionar el pago del seguro, el período de aseguramiento siempre será anual, es decir, que solo puede cancelarse en la fecha de renovación y no en el inicio del segundo semestre.
Se debe notificar la anulación de forma escrita con un acuse de recibo, detallando los datos personales y del seguro, adjuntando DNI y documento que acredite el motivo de la cancelación, de manera que quede constancia de la fecha en la que se ha solicitado dicha cancelación. Cuando se trata de un seguro distribuido por Mutua Tinerfeña, como en el caso del Seguro de Vida, Salud y Ahorro es Aegon y el Seguro de Incapacidad Laboral Temporal (ILT) de Previsión Mallorquina, la política de cancelación obedece a los criterios de las aseguradoras que comercializan el producto.
Es importante resaltar, que la devolución del recibo del seguro en el banco o la falta de pago, no se consideran la cancelación de la póliza, ya que la ley exige que la no renovación se comunique a la aseguradora en el plazo establecido.
Puedes hacernos llegar tu solicitud de anulación de póliza mediante el siguiente formulario o dirigirte al correo electrónico gestion@mutuatfe.com